miércoles, 20 de enero de 2016

3 pasos sencillos para recuperar el IVA de una factura impagada y Ahora que eres autónomo, ¿conoces tus obligaciones fiscales?

Información: 3 pasos sencillos para recuperar el IVA de una factura impagada - 16/12/2015 11:27:02

"Es posible que alguien se haya encontrado en la siguiente situación: emitir una factura, ingresar el IVA a Hacienda antes de haber cobrado la factura… Y luego no cobrar la factura.
Viene el pánico y con él las preguntas: ¿Qué hacer? ¿Puedo recuperar el IVA? ¿Y cómo?
Sí, es posible recuperarlo. Hay que seguir unos pasos que a continuación te explicamos, pero antes has de tener en cuenta estas condiciones:
Tu cliente ha de ser un autónomo o empresa.
La operación tiene que estar contabilizada y el IVA liquidado.
El resto te lo explicamos ahora (si sigues leyendo).
1. Reclama la factura impagada (proceso monitorio)
Es lo primero que tienes que hacer. La factura (o más bien deuda) la puedes reclamar por la vía judicial.
El proceso monitorio, que ya explicamos en otro artículo, suele ser el más común y recomendable, ya que no exige la intervención de un juez.
2. Emite una factura rectificativa pasados los 6 meses
Una vez reclamada has de emitir una factura rectificativa. Se trata de un documento imprescindible para corregir la factura original (y no cobrada).
La factura rectificativa ha de seguir una serie numérica distinta al resto de facturas. Esto es importante para que tu facturación y contabilidad estén bien ordenadas.
Es importante saber que existen unos plazos y que no puedes saltártelos:
Han de pasar 6 meses desde la emisión de la factura original para emitir la factura rectificativa (1 año si el volumen de tus operaciones supera los 6 millones de euros).
Pasado ese plazo, tienes tres meses para emitir la factura rectificativa.
Pasado ese plazo ya no te quedan plazos. Por lo que no esperamos que no llegues a este punto.
La factura rectificativa, por último, has de incluirla en el modelo de IVA correspondiente al trimestre en el que la has emitido.
3. Informa a la Agencia Tributaria y a tu cliente deudor
Una vez has hecho la reclamación de la deuda y has emitido la factura rectificativa, tienes un mes para informar a la Agencia Tributaria.
Para hacerlo bien y sin contratiempos, recuerda que has de acreditar la reclamación de la deuda (el paso uno).
Y no olvides enviar a tu cliente deudor una copia de la factura rectificativa.
Nota para aquellos cuyo cliente deudor esté en concurso de acreedores
En caso de que tu cliente se encuentre en concurso de acreedores, los plazos cambian, se estrechan y se aceleran.
Desde que en el BOE se publica el auto de declaración de concurso, tendrás un mes (15 días si el concurso es abreviado) para emitir la factura rectificativa y luego un mes más para informar a la Agencia Tributaria y a tu cliente.
Ver artículo...
" Fuente Artículo

Es Novedad, Ahora que eres autónomo, ¿conoces tus obligaciones fiscales? - 02/12/2015 6:44:18

"Los autónomos son personas físicas que al estar realizando una actividad económica están obligado a un régimen de impuestos diferente. Ni es un asalariado ni es una empresa (aunque también puede serlo).
¿Cuáles son esas obligaciones fiscales? ¿En qué consisten? Veámoslo a continuación.
Antes de empezar, el modelo 036 o el modelo 037
Todo emprendedor que vaya a empezar como autónomo ha de rellenar el modelo 036 o el modelo 037. Nosotros te recomendamos el segundo, que es más simple y está pensado, precisamente, para los autónomos.
Superada esta primera prueba, ineludible, tu actividad como autónomo es un camino de impuestos y declaraciones varias.
Obligaciones fiscales de un autónomo durante la actividad
Al ser una persona física, tus ingresos tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Además, tienes otras obligaciones fiscales como el IVA, las retenciones o las operaciones con terceros.
Veámoslas una a una.
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Se aplica a aquellos autónomos que realizan una actividad económica. Hay dos formar de tributar este impuesto y a cada forma o método le corresponde un modelo de declaración trimestral diferente:
Por estimación directa normal o simplificada. Has de presentar el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.
Por estimación objetiva (conocido popularmente como por "módulos"). Te corresponde entonces el modelo 131 de pago fraccionado del IRPF.
El método de estimación directa se llama así porque se hace un cálculo (directo) del resultado de tu actividad.
Puede ser normal si tu volumen de negocio anual supera los 600.000 euros (500.000 euros desde 2015). O simplificado si tu volumen de negocio anual está por debajo de esa cifra.
La mayoría de los autónomos en España se acoge a la simplificada que, además, no obliga a llevar una contabilidad ajustada al Código de Comercio.
El método de estimación objetiva, conocido también por "módulos", consiste en determinar el rendimiento neto tributario en base a unos parámetros objetivos (número de personas que trabajan en la actividad, superficie del local, situación, etc.) que el Ministerio de Hacienda fija por cada actividad.
Es el método preferido por gran parte del comercio minorista, peluquerías, talleres de reparación de vehículos, restaurantes, bares, cafeterías y otras actividades similares.
Para utilizar este método hay límites en el volumen de rendimientos según la actividad: 300.000 euros en caso de actividades agrícolas y ganaderas y 450.000 euros para el resto de actividades económicas.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se aplica a la compraventa de bienes y servicios determinados. El "sujeto pasivo" es la persona (ya sea física o jurídica) sobre la que recae este impuesto.
Hay determinados servicios, sin embargo, que están exentos de IVA, como es el caso de los educativos, los sanitarios y aquellos cuya prestación consista en derechos de autor.
Como autónomo puedes formar parte de diferentes regímenes de IVA. Existe el régimen general y luego otro tipo de regímenes especiales, entre los que cabe destacar:
El simplificado.
Recargo de equivalencia para comerciantes minoristas.
Agricultura, ganadería y pesca.
Bienes usados, objetos de arte. Antigüedades y objetos de colección.
Criterio de caja.
Agencias de viaje.
¿Y a quién se aplica el régimen general? Aquí la definición que da la Agencia Tributaria recuerda la famosa sentencia de uno de los padres del régimen político de la Restauración, Cánovas de Castillo, cuando en el debate constitucional de 1876 zanjó la cuestión del ser español: "Son españoles los que no pueden ser otra cosa".
Pues lo mismo pasa con el régimen general: es del régimen general aquel autónomo o empresario que no pueda ser de otro régimen.
Sea como fuere, como autónomo has de declarar los siguientes modelos trimestrales de IVA:
Modelo 303, donde declararás por trimestre el IVA de tus compras y ventas (mensualmente si perteneces al régimen especial de "grupo de entidades" presentando el modelo 322 o 353).
Modelo 390, que se presenta una vez al año, y que hace de resumen anual del IVA (salvo los de régimen simplificado y/o cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos).
Modelo 349 trimestral y anual (opcional). Este modelo sólo has de presentarlo para operaciones con otros países de la UE.
Retenciones
Las retenciones son un concepto fiscal asociado al IRPF y el Impuesto de Sociedades. Como esto va de autónomos, te interesará saber que por determinados rendimientos (del trabajo o de actividades económicas, por ejemplo) ligados al IRFF, has de abonar al Tesoro público una cuantía preestablecida.
Las retenciones a cuenta del IRPF pueden ser del 21% y 20%, del 15% si el volumen de rendimientos es inferior a 15.000 euros anuales, y del 9% para los nuevos autónomos.
Las retenciones te obligan a presentar las siguientes declaraciones de impuestos:
Modelo 111. Para ingresar mensual o trimestralmente las retenciones.
Modelo 190. Se trata de un resumen anual de las retenciones efectuadas.
Estos modelos los deben presentar todos aquellos autónomos que efectúan retenciones en sus facturas.
Además, en caso de que debas efectuar retenciones por arredramiento de bienes inmuebles urbanos has de presentar los modelo 115 (mensual o trimestral) y el modelo 180 (anual).
Si, por último, también estás obligado a ingresar retenciones por rendimientos del capital inmobiliario, has de presentar el modelo 123 (mensual o trimestral) y el modelo 193 (anual).
Te recordamos desde aquí que algunos programas de facturación generan algunos modelos fiscales. No te los pueden hacer todos, pero algo es algo.
Ver artículo...
" Fuente Artículo

Información: 5 cosas que Sage One puede hacer por tu empresa - 11/01/2016 3:00:15

sageone

No es cosa fácil el crear presupuestos y llevar una facturación eficiente, a bajo precio, multidispositivo y con todas las garantías legales requeridas por lo delicado del asunto. Por supuesto, lo anterior es una situación que complica particularmente a autónomos y pymes que de manera usual buscan distribuir sus limitados recursos iniciales en otros menesteres.

Pues bien, revisamos hoy una de las mejores soluciones actuales en español y detallamos 5 de sus principales características. Su nombre es Sage One (sageone.es) y es bastante lo ofrecido en su arsenal para las necesidades de autónomos y pymes.

1. Calcular y generar automáticamente los formatos de IVA y el IRPF

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Con Sage One es posible llevar las cuentas al día con Hacienda. Para ello, el sistema se encarga de generar trimestral y automáticamente los respectivos formatos de IVA e IRPF (modelos 130 y 303) así como los cambios pertinentes que pueda implicar una modificación en la legislación que les rige. Eso sí, como no todo el mundo dispone de conocimientos sobre el manejo de impuestos y contabilidad, Sage One cuenta con el servicio de mi experto laboral y contable gratis, donde tienes a tu disposición expertos para resolver cualquier duda laboral, fiscal o contable, sin coste adicional durante el primer año.

2. Facilitar la creación de presupuestos y facturas así como su envío a los clientes

facturas

Las facturas de venta se crean al instante en la plataforma online y, al igual que con la creación de presupuestos, se pueden crear tantas como se necesiten gracias a su espacio ilimitado. Para ambos documentos habrá varias plantillas para escoger, con el logo de la empresa incluido, y con lo detallado de los ítems consignados en los formularios que permiten su realización no se escapará valor alguno por considerar, en particular, porque también pueden enviarse a los clientes en un santiamén. Por cierto, es posible integrar los registros a otro software como ContaPlus o Sage Despachos de forma automática.

3. Poner a disposición los datos de clientes, proveedores, productos y/o servicios en simultáneo

importar

Sage One hace posible la importación -y exportación- de bases de datos de clientes, proveedores, ?productos y/o servicios desde, por ejemplo, hojas de cálculo de Microsoft Excel y de Google Drive, para facilitar el proceso de transición si se venía trabajando con otras herramientas de facturación. Lo interesante es que su naturaleza online, sus opciones de administración y sus prácticos modos de visualización multidispositivo, junto a una limpia unificación de los datos, harán también muy simple la labor de recurrir a determinados registros prescindiendo de lidiar con un montón de ficheros y carpetas como de costumbre.

4. Ofrecer una visión global del negocio (ventas, gastos, beneficios, cuentas, etc.)

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El control del negocio siempre será clave, lo que se posibilita con un buen conocimiento de los diferentes rubros financieros que le afectan: ventas, gastos, beneficios, presupuestos, cuentas bancarias, facturas pendientes de cobro, etc. Pues bien, a todo lo anterior se le puede echar un vistazo con Sage One gracias a su completo módulo de informes que ofrece un amplio panorama, tan desagregado como se desee (por períodos específicos o por acumulados), de la situación global de la empresa. Vale destacar los gráficos y la eficiente organización de los datos consignados para hacer más sencilla su interpretación, fuente de buenas decisiones.

5. Brindar información en todo momento y lugar gracias a su aplicaciones móviles

ventas

Los datos de clientes y proveedores, el control y seguimiento de gastos, la visión global del negocio y el envío de facturas son algunas de las características que también se hacen presentes en las aplicaciones móviles de Sage One para iOS y Android (tablets y smartphones), un par de brillantes herramientas para disponer de la información de la empresa en tiempo real y a donde quiera que se vaya.

En fin, todo lo anterior está al alcance de inmediato y de forma gratuita por los primeros 30 días que dura la prueba de Sage One. Después, si se decide por continuar con el servicio, la inversión es de apenas 4,95 euros al mes. En cualquier caso, lo recomendado es revisar a fondo el amplio portafolio de características, y para ello, un punto de partida es su canal en YouTube y su sitio web, ambos con un excelente compendio de tutoriales.
Texto escrito en wwwhatsnew.com

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